sábado 27 de julio de 2024

SECCION VI: EDUCACION Y CULTURA

CAPITULO PRIMERO: De la Educación

 

 

Art. 111.- El Municipio pondrá énfasis en la educación como medio para elevar los niveles de vida, considerando a la persona humana como el recurso más valioso que la comunidad dispone para su transformación social y económica.

Art. 112.- Con fundamentos en estos principios, los objetivos, en el aspecto educativo de la acción municipal, serán:

Inc. a) Asegurar a todos los habitantes la igualdad de oportunidades en el acceso, permanencia y promoción en los distintos niveles del sistema educativo, sin distinción en cuanto a la calidad del servicio, para los diferentes sectores sociales.

Inc. b) Estimular el pensamiento reflexivo y la conciencia crítica para formar ciudadanos con criterios propios, capaces de participar activa y racionalmente en la toma de decisiones individuales y sociales, fundamentales para el ejercicio de la vida democrática.

Inc. c) Propiciar la convivencia armoniosa y solidaria de los habitantes, basada en la tolerancia y el respeto de la dignidad humana, sin discriminaciones fundadas en razones étnicas, políticas, religiosas e ideológicas.

Art. 113.- Para el logro de estos objetivos, el Municipio tendrá las siguientes facultades.

Inc. a) Crear un organismo competente encargado de las acciones del Municipio en materia educacional.

Inc. b) Concurrir a la creación de establecimientos educativos de cualquier nivel y modalidad de acuerdo con las necesidades de la zona.

Inc. c) Coordinar con los distintos organismos provinciales y nacionales el accionar educativo para cubrir en forma prioritaria aquellos aspectos de interés municipal no atendidos por otros organismos.

Inc. d) Realizar acciones tendientes a elevar la calidad de la educación.

Inc. e) Propiciar el intercambio educativo a nivel regional, nacional y latinoamericano, atendiendo a la ubicación geográfica.

Inc. f) Propiciar la creación de instituciones destinadas al cuidado y atención de niños en edad pre – escolar, hijos de padres que trabajan, especialmente los de humilde condición económica.

Inc. g) Contribuir a la educación sanitaria de la población.

Inc. h) Impulsar el conocimiento y la utilización de la informática y de los medios de comunicación masiva al servicio de la educación.

Inc. i) Propiciar la difusión de la educación vial a través de las instituciones educativas y culturales y de los medios masivos de comunicación.

CAPITULO SEGUNDO: De la Cultura

 

Art. 114.- El Municipio asegurará a todos los habitantes la posibilidad de asimilar, enriquecer y transmitir una cultura abierta y dinámica, partiendo de la valoración de las creaciones autóctonas y respetando otras manifestaciones culturales.

Art. 115.- Para lograr este cometido tendrá las atribuciones siguientes:

Inc. 1) Promover el estudio, la conservación y expresión de las artes, artesanías, tradiciones, danzas, música, vestimenta, arquitectura, costumbres y espectáculos populares.

Inc. 2) Impulsar la investigación histórica y antropológica y preservar y difundir el patrimonio histórico.

Inc. 3) Promover y coordinar actividades culturales a través de los medios masivos de comunicación.

Inc. 4) Promover y difundir servicios culturales para la juventud.

Inc. 5) Propiciar y organizar congresos, reuniones, asambleas y otros eventos de carácter científico, educativo, cultural, técnico y artístico.

Inc. 6) Estimular la producción científica, literaria y artística en general, mediante la institución de premios, subsidios, becas y la protección de los derechos de autor.

Inc. 7) Procurar la creación de la Casa de la Cultura, así como la editorial, radioemisora, canal de televisión, banca u orquesta municipal y museo regional.

Inc. 8) promover el hábito de la lectura, contribuyendo a la creación y mejoramiento de bibliotecas y propiciando el intercambio de publicaciones con otras dependencias y entidades del país y del extranjero.

Inc. 9) Procurar la preservación de las lenguas y culturas indígenas de la zona.

Inc. 10) Promover el intercambio cultural a nivel provincial y nacional, así como con otros países y organizaciones internacionales.

Inc. 11) Crear centros culturales para impulsar la actividad y producción cultural en los distintos barrios del Municipio.

Secciones de la Carta Orgánica