Este 1 de septiembre de 2020, la Presidencia del Concejo Deliberante de la ciudad de Tartagal, emitió una nueva Resolución.
VISTO:
Que debido al término de suspensión de actividades dispuesto en la Resolución de Presidencia N° 1.659/20 y al Feriado Departamental estatuido para los días 31 de Agosto de cada año, los señores Concejales no pudieron efectuar la presentación de Proyectos cuya facultad se encuentra contemplada en el Capítulo IX del Reglamento Interno de este Concejo Deliberante (“De La Presentación Y Trámite de los Proyectos”), con el fin de que aquellos fueran tratados en la próxima Sesión Ordinaria (Art. 9 y ss. del Reglamento Interno – Resolución 2.417/07).
Lo dispuesto por el D.N.U. N° 714/2020, emanado del Poder Ejecutivo Nacional
CONSIDERANDO:
Que debido a los Vistos, la Sesión Ordinaria del día 01 de Setiembre del cte. año carecería de temario a tratar.
Que resulta por lo tanto inconducente convocar para la referida fecha a Sesión Ordinaria.
Que se debe tener presentes como los fundamentos del D.N.U 714/2020 tienen en especial consideración la situación sanitaria del Departamento General San Martín, de esta Provincia de Salta y al cual pertenecemos.
Por todo ello…
LA PRESIDENCIA DEL CONCEJO DELIBERANTE
RESUELVE:
Art. 1°) – Prorrogar la suspensión de actividades del Concejo Deliberante de Tartagal hasta el día viernes 04 de Setiembre del cte. año, inclusive.
Art. 2°) – Los agentes del Concejo quedan dispensados de concurrir a su lugar de trabajo, debiendo permanecer a disposición de un eventual requerimiento de la Presidencia de este Cuerpo, en el lugar de su residencia, denunciado en su Legajo Personal, y durante el horario que corresponde a la prestación de sus servicios matutinos.
Art. 3°) – Hágase conocer de la presente a los señores Concejales, como así también al Departamento Ejecutivo Municipal, a fin de su toma de conocimiento.
Art. 4°) – Notifíquese, publíquese y archívese.